La mayoría de personas conoce el vínculo entre un hombre y una mujer sin matrimonio como "unión libre", pero hoy en día se llama UNIÓN MARITAL DE HECHO.
Está nace cuando dos personas inician una convivencia existiendo tres elementos: lecho, techo y mesa, en otras palabras cuando deciden compartir una cama (lecho), una casa (techo) y un comedor familiar (mesa), podemos hablar de la estructuración de la unión marital siempre que se unan estos 3 componentes.
Pero esos elementos deben ser permanentes, deben ser duraderos, constantes y firmes. No podríamos decir que existe unión marital si son estadías esporádicas o relaciones eventuales, es importante la duración porque de ahí emerge la sociedad patrimonial entendiéndose como los bienes que se adquieren durante la convivencia y que corresponden a los compañeros por mitades. En consecuencia, se necesitan 2 años de unión continúa para que nazca el patrimonio social y pueda ser repartido equitativamente en caso de una separación.
Este vínculo otorga muchos derechos a la pareja, como por ejemplo: pueden adoptar, pueden constituir afectación a vivienda o patrimonio de familia, están protegidos por las normas de violencia intrafamiliar, tienen derecho a los beneficios pensionales, a indemnización por muerte del compañero, etc.
Los principales problemas que se presentan en la unión marital de hecho son: la coexistencia con un matrimonio civil o católico, o sea existe un matrimonio y a la vez unión, también se da la existencia de 2 o más uniones maritales, por ejemplo, Juan convive con Ana en Bogotá y trabaja en Barranquilla donde también vive con Clara, así, se dan dos uniones al mismo tiempo y en varios casos hasta más, lo que es una verdadera fuente de controversias.
Otro problema surge cuando se debe probar los 2 años de convivencia ininterrumpida, pues, al ser acontecimientos de la vida privada es muy difícil acreditarlos y en cuanto a la repartición de los bienes casi siempre surge el problema del traspaso o insolvencia defraudando al compañero permanente en las cosas adquiridas, aún existen muchos vacíos legales en este aspecto.
En resumen, la unión libre ahora se llama unión marital de hecho, esta forma de crear una familia debe ser continúa, sin interrupciones por espacio de 2 años para que nazca la sociedad de bienes y con la constitución de 1991, la ley 100 de 1993, la ley 54 de 1990 entre otras, se otorgarón muchos derechos a los compañeros permanentes incluidos los homosexuales.
ASESORÍA LEGAL
TELÉFONO: 3168670698 Y WHATSAPP: 3203070531.
Está nace cuando dos personas inician una convivencia existiendo tres elementos: lecho, techo y mesa, en otras palabras cuando deciden compartir una cama (lecho), una casa (techo) y un comedor familiar (mesa), podemos hablar de la estructuración de la unión marital siempre que se unan estos 3 componentes.
Pero esos elementos deben ser permanentes, deben ser duraderos, constantes y firmes. No podríamos decir que existe unión marital si son estadías esporádicas o relaciones eventuales, es importante la duración porque de ahí emerge la sociedad patrimonial entendiéndose como los bienes que se adquieren durante la convivencia y que corresponden a los compañeros por mitades. En consecuencia, se necesitan 2 años de unión continúa para que nazca el patrimonio social y pueda ser repartido equitativamente en caso de una separación.
Este vínculo otorga muchos derechos a la pareja, como por ejemplo: pueden adoptar, pueden constituir afectación a vivienda o patrimonio de familia, están protegidos por las normas de violencia intrafamiliar, tienen derecho a los beneficios pensionales, a indemnización por muerte del compañero, etc.
Los principales problemas que se presentan en la unión marital de hecho son: la coexistencia con un matrimonio civil o católico, o sea existe un matrimonio y a la vez unión, también se da la existencia de 2 o más uniones maritales, por ejemplo, Juan convive con Ana en Bogotá y trabaja en Barranquilla donde también vive con Clara, así, se dan dos uniones al mismo tiempo y en varios casos hasta más, lo que es una verdadera fuente de controversias.
Otro problema surge cuando se debe probar los 2 años de convivencia ininterrumpida, pues, al ser acontecimientos de la vida privada es muy difícil acreditarlos y en cuanto a la repartición de los bienes casi siempre surge el problema del traspaso o insolvencia defraudando al compañero permanente en las cosas adquiridas, aún existen muchos vacíos legales en este aspecto.
En resumen, la unión libre ahora se llama unión marital de hecho, esta forma de crear una familia debe ser continúa, sin interrupciones por espacio de 2 años para que nazca la sociedad de bienes y con la constitución de 1991, la ley 100 de 1993, la ley 54 de 1990 entre otras, se otorgarón muchos derechos a los compañeros permanentes incluidos los homosexuales.
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